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Verifactu en VTC y traslados: qué cambia y cuándo

Las fechas de Verifactu se han movido varias veces. Hoy, con el BOE en la mano, son estas: las sociedades tienen que facturar con un sistema adaptado antes del 1 de enero de 2027 y el resto, incluidos los autónomos, antes del 1 de julio de 2027. Esto es lo que significa para una empresa VTC o de traslados.

Equipo WAT · Publicado el

Verifactu es el nombre popular del Reglamento de los sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023). Obliga a quien factura con un programa informático a usar uno que garantice la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. Tras el Real Decreto-ley 15/2025, los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades deben tener sus sistemas adaptados antes del 1 de enero de 2027, y el resto (autónomos en IRPF y otros) antes del 1 de julio de 2027. Enviar los registros a la Agencia Tributaria en tiempo real (modalidad VERI*FACTU) es voluntario; la alternativa es conservarlos y firmarlos en el propio sistema. No se aplica en el País Vasco y Navarra, que tienen su propio régimen, ni a quien lleva el SII.

Es una guía del hub de normativa. El contenido de la factura en sí está en la factura VTC y el tipo de IVA en el IVA del transporte de viajeros.

Las fechas, tal como están hoy

Disposición final cuarta del RD 1007/2023, redacción del RDL 15/2025
QuiénFecha límite
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (sociedades limitadas, anónimas…)Antes del 1 de enero de 2027
Resto de obligados: autónomos en IRPF, entidades en atribución de rentas, no residentes con establecimiento permanenteAntes del 1 de julio de 2027
Productores de software de facturaciónNueve meses desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024: el 29 de julio de 2025, según la Agencia Tributaria

El Real Decreto 254/2025 había fijado el 1 de enero y el 1 de julio de 2026; esas fechas ya no valen. El texto consolidado del RD 1007/2023 no tiene cambios publicados en 2026 a la fecha de esta guía.

A quién afecta

  • Sí: empresarios y profesionales con domicilio fiscal en territorio común que facturan con un programa informático, sea una aplicación de facturación, un software VTC o una hoja de cálculo que genera facturas.
  • No: quien lleva los libros registro por el Suministro Inmediato de Información (SII); los ámbitos son excluyentes.
  • No: los obligados sujetos a la normativa foral del País Vasco y Navarra en la imposición directa, que tienen sus propios sistemas.
  • No: quien factura exclusivamente a mano, sin ningún sistema informático, según las preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria.

Qué es un sistema informático de facturación

La Agencia Tributaria lo define como el conjunto de hardware y software que se usa para expedir facturas: el que admite la entrada de la información de facturación, la conserva y la procesa. En la práctica, si tu programa de reservas emite tus facturas, ese programa es tu sistema de facturación y tiene que cumplir el reglamento.

El productor del software debe certificar que su sistema cumple mediante una declaración responsable, que tiene que constar por escrito y de forma visible en el propio sistema, en cada una de sus versiones (art. 13 del reglamento). Antes de elegir un programa, busca esa declaración.

Las dos modalidades

ModalidadQué hace el sistemaQué ve el cliente
VERI*FACTUEnvía a la Agencia Tributaria cada registro de facturación de forma continuada, segura, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y fehaciente (art. 16 del reglamento).Un código QR y la leyenda «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERI*FACTU».
No VERI*FACTUGenera, firma y conserva los registros en el propio sistema, sin enviarlos en el momento.Un código QR, sin la leyenda.

Enviar no es obligatorio: es una opción. Cómo se ejerce y cuánto tiempo vincula lo explican las preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria sobre sistemas VERI*FACTU.

País Vasco y Navarra: TicketBAI

En los territorios forales el sistema es distinto. TicketBAI ya es obligatorio para todos en Bizkaia (Batuz), Gipuzkoa y Álava, con calendarios propios que empezaron entre 2022 y 2024 según el territorio y el sector; en Bizkaia, el transporte entró el 1 de julio de 2024 para personas físicas y pymes. Navarra ha anunciado su propio proyecto (NaTicket), sin calendario oficial publicado que hayamos encontrado.

Qué hacer antes de tu fecha

  1. Averigua qué fecha te toca: sociedad (1 de enero de 2027) o autónomo (1 de julio de 2027).
  2. Haz inventario de dónde salen tus facturas: el programa de reservas, un programa de contabilidad, una hoja de cálculo, facturas de plataformas.
  3. Pide a cada proveedor de software su declaración responsable y si trabaja en modalidad VERI*FACTU o no.
  4. Decide con tu gestor la modalidad.
  5. Deja de emitir facturas desde hojas de cálculo o documentos editables antes de la fecha.

Errores frecuentes

  • Fiarse de fechas antiguas: las de 2026 ya no valen.
  • Pensar que Verifactu obliga a enviar todas las facturas a Hacienda: enviar es una de las dos modalidades.
  • Creer que un QR en la factura significa que el sistema cumple o que envía.
  • Seguir facturando con una plantilla de Excel o Word después de tu fecha.
  • Confundir Verifactu con la factura electrónica obligatoria entre empresas, que es otra obligación con otro calendario.

Qué hace WAT aquí, y qué no

Lo que hace hoy

  • Numera de forma correlativa al emitir, bloquea las facturas emitidas y corrige con rectificativas enlazadas.
  • Guarda un registro interno por cada factura emitida, encadenado con el anterior mediante una huella SHA-256 por emisor.
  • Imprime en las facturas numeradas un código QR con el NIF, el número, la fecha y el total, y cuenta en su página de Verifactu en qué punto está.

Lo que no hace

  • No es todavía un sistema declarado conforme al reglamento: se está adaptando.
  • No envía los registros de facturación a la Agencia Tributaria: no trabaja en modalidad VERI*FACTU.
  • Su registro interno no tiene aún el formato ni la firma electrónica del reglamento, y su QR no es el de cotejo de la Agencia Tributaria.
  • Todavía no tiene publicada la declaración responsable del productor.
  • No emite facturas TicketBAI.

Verifactu en WAT: en qué punto estamos · Facturación con WAT

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es obligatorio Verifactu para autónomos?

Antes del 1 de julio de 2027, según la disposición final cuarta del RD 1007/2023 en la redacción del Real Decreto-ley 15/2025.

¿Y para sociedades?

Antes del 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.

¿Tengo que enviar mis facturas a Hacienda en tiempo real?

No es obligatorio. Puedes usar un sistema en modalidad VERI*FACTU, que envía los registros, o uno que los genera, firma y conserva sin enviarlos.

¿Afecta Verifactu a un taxista o VTC en módulos?

El reglamento se aplica a quien factura con un sistema informático, con las exclusiones del SII y de los territorios forales. Si estás en módulos y cómo te afecta en tu caso, confírmalo con tu gestor.

¿Qué pasa en el País Vasco?

Allí se aplica TicketBAI, obligatorio en Bizkaia, Gipuzkoa y Álava, y no Verifactu.

¿Cómo sé si mi programa cumple?

Busca la declaración responsable del productor, visible en el propio programa, y pregunta en qué modalidad trabaja.

Fuentes

  1. Real Decreto 1007/2023, Reglamento de los sistemas informáticos de facturación (texto consolidado) · BOE · consultado el
  2. Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre (nuevos plazos de adaptación de los sistemas de facturación) · BOE · consultado el
  3. Nota informativa: ampliación del plazo de adaptación de los sistemas informáticos de facturación · Agencia Tributaria · consultado el
  4. Preguntas frecuentes sobre sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU · Agencia Tributaria · consultado el
  5. Modalidades de cumplimiento de las obligaciones de los sistemas informáticos de facturación · Agencia Tributaria · consultado el
  6. Folleto de actividades económicas, 5.12 VERI*FACTU (código QR en todas las facturas) · Agencia Tributaria · consultado el
  7. Preguntas frecuentes: ámbito de aplicación de los sistemas informáticos de facturación · Agencia Tributaria · consultado el
  8. Preguntas frecuentes: certificación de los sistemas y declaración responsable · Agencia Tributaria · consultado el
  9. Batuz: implantación definitiva · Diputación Foral de Bizkaia · consultado el
  10. TicketBAI: calendario en Gipuzkoa · Diputación Foral de Gipuzkoa · consultado el
  11. TicketBAI: preguntas frecuentes (Álava) · Diputación Foral de Álava · consultado el

Cambios en esta guía

  • : Publicación de la guía.
  • : Precisado qué hace WAT hoy: registro interno sin el formato ni la firma del reglamento y QR con los datos de la factura, no el de cotejo.

Las fechas de esta guía son las del texto consolidado del BOE y las notas de la Agencia Tributaria en la fecha de consulta. Han cambiado varias veces: si lees esto meses después, comprueba la fuente. No es asesoramiento fiscal.

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