Puedes llevar el registro de jornada con una app y pedir fotos con hora y ubicación como prueba de un servicio, pero la norma pone condiciones. Hay que informar antes a cada conductor, y a sus representantes si los hay, de forma expresa, clara e inequívoca (art. 90 de la LOPDGDD y art. 13 del RGPD). Cada dato se usa solo para lo que se recogió: el registro de jornada sirve para saber cuándo empieza y acaba la jornada, no para vigilar dónde está el conductor (guía de la AEPD). Se guarda lo justo y el tiempo justo: el registro de jornada, cuatro años (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores); las fotos y las ubicaciones, el plazo que fijes y puedas justificar. Y el registro se organiza por convenio, por acuerdo de empresa o, si no hay, por decisión tuya tras consultar a los representantes. La base no es el consentimiento del conductor: es la obligación legal, en el registro, y el contrato de trabajo con la facultad de control de la empresa (art. 20.3 del Estatuto), en la ubicación.
Es una guía del hub de normativa. Las reglas del tiempo de trabajo en el transporte (jornada máxima, tiempo de presencia, pausas) están en control horario de conductores. Cómo escribir tu política de espera y de no-show, en política de no-show y espera.
Qué dice la norma, artículo por artículo
| Norma | Qué dice | Qué significa para ti |
|---|---|---|
| Estatuto de los Trabajadores, art. 34.9 (añadido por el RD-ley 8/2019) | Registro diario con el horario concreto de inicio y de fin de la jornada de cada trabajador. Se conserva cuatro años a disposición de los trabajadores, sus representantes y la Inspección de Trabajo. | Es obligatorio si tienes asalariados. Tiene que ser fiable y no poder cambiarse después sin dejar rastro. |
| Estatuto de los Trabajadores, arts. 20.3 y 20 bis | La empresa puede adoptar medidas de vigilancia y control respetando la dignidad del trabajador y su intimidad frente a la geolocalización. | Puedes controlar el trabajo, pero con proporción. |
| LOPDGDD, art. 90 | La geolocalización se puede usar para el control laboral si antes se informa de forma expresa, clara e inequívoca de su existencia y características, y de los derechos de acceso, rectificación, limitación y supresión. | Sin información previa, no uses la ubicación de tus conductores. |
| LOPDGDD, art. 87 | La empresa fija criterios de uso de los dispositivos digitales que pone a disposición del trabajador, con participación de sus representantes, e informa de ellos. | Si das un móvil de empresa, escribe para qué se usa. |
| RGPD, art. 5 | Minimización de datos, limitación de la finalidad y limitación del plazo de conservación. | Solo los datos necesarios, solo para su fin y solo el tiempo necesario. |
| RGPD, arts. 13, 28 y 30 | Informar al recoger los datos, tener contrato con quien los trate por tu cuenta (encargado del tratamiento) y llevar el registro de actividades de tratamiento. | Texto informativo, contrato con el proveedor del programa y una entrada en tu registro de tratamientos. |
| Estatuto de los Trabajadores, art. 64.5.f | El comité de empresa emite informe previo sobre la implantación de sistemas de organización y control del trabajo. | Si tienes representantes de los trabajadores, cuenta con ellos antes de empezar. |
| LISOS, arts. 7.5 y 40.1 | Incumplir las normas de registro de jornada es infracción grave, con multa de 751 a 7.500 euros. | No llevar el registro sale caro. |
Textos consolidados del BOE consultados el 26/09/2026. Tu convenio colectivo puede añadir reglas propias: revísalo con tu asesor.
El registro de jornada: cómo llevarlo bien
- Es una obligación legal. No pidas al conductor que «consienta» que se le fiche: según la AEPD, la base del registro es la ley, no el consentimiento.
- Organízalo por escrito: por convenio, por acuerdo de empresa o, si no hay, por decisión tuya tras consultar a los representantes de los trabajadores (art. 34.9). Deja dicho qué sistema usas, cómo se ficha y cómo se corrige un error.
- Fiable y sin retoques. La guía del Ministerio de Trabajo admite cualquier sistema, en papel o digital, si da información fiable, inmodificable y que no se pueda manipular después, ni por la empresa ni por el trabajador.
- Solo los datos imprescindibles. El registro no puede ser público ni estar a la vista de otros trabajadores, clientes o proveedores.
- Siempre disponible. El trabajador, sus representantes y la Inspección tienen que poder consultarlo cuando lo pidan. La guía del Ministerio entiende que no obliga a entregar copias, pero sí a facilitar la consulta personal.
- Cuatro años de conservación (art. 34.9). En el transporte por carretera, el RD 1561/1995 añade su propio registro del tiempo de trabajo de los trabajadores móviles: está en control horario de conductores.
- Para nada más. La AEPD pone el ejemplo de un trabajador que ficha con geolocalización: el dato sirve para saber cuándo empieza y termina, no dónde está en cada momento.
La ubicación del conductor: cuándo y cuánto
La LOPDGDD permite usar la geolocalización para el control laboral (art. 90), y la guía de la AEPD recuerda que en el transporte de personas puede estar justificada. Pero exige proporción: un fin concreto, ningún medio menos invasivo que sirva igual y nunca una observación continua de la persona.
- Fuera de la jornada, nada. La guía de la AEPD recoge una sentencia que obliga a que el sistema deje de funcionar al acabar la jornada laboral.
- Cuidado con el móvil personal. Según la guía de la AEPD, no se puede imponer al trabajador que ponga sus propios medios, como su teléfono, para geolocalizarle (cita la sentencia SAN 136/2019 de la Audiencia Nacional). Si tus conductores usan la app en su móvil, háblalo con tu asesor. Un móvil de empresa evita el problema.
- Solo quien lo necesita. Decide quién de tu empresa ve la ubicación y para qué.
- Un plazo corto. Guarda las ubicaciones el tiempo que necesites para su fin, no «por si acaso».
- La información va antes. Qué se registra, cuándo, quién lo ve, cuánto se guarda y cómo ejercer los derechos. Tienes un modelo más abajo.
Fotos con hora y ubicación: el no-show y los gastos
Una foto del punto de recogida con la hora y la posición es la prueba más clara de un no-show ante tu cliente, y la foto de un ticket justifica un gasto. Pero es un dato personal del conductor (dónde estaba y cuándo) y, a veces, de quien sale en la imagen. La base suele ser el contrato de trabajo o el interés legítimo de la empresa en poder probar el servicio (art. 6 del RGPD); confírmalo con tu asesor. Para usarlas de forma proporcionada:
- Para qué: escríbelo. Por ejemplo, acreditar ante el cliente que el conductor estuvo en el punto de recogida y el pasajero no apareció, o justificar un gasto del servicio. No para vigilar al conductor.
- Qué se fotografía: el punto de encuentro, el cartel con el nombre, el panel de llegadas o el ticket. No hace falta que salgan personas: evita caras reconocibles, matrículas de otros o documentos ajenos.
- Cuándo: durante el servicio y solo cuando hay algo que acreditar.
- Quién la ve: tu empresa. Al cliente, solo si reclama y solo la foto de ese servicio.
- Cuánto se guarda: fija un plazo en tu política. Para un no-show, un criterio habitual es el tiempo que tu cliente tiene para reclamar o para pagar la factura; revisa el plazo con tu asesor.
- Qué no es: la foto prueba que el conductor estuvo allí, no que puedas cobrar. Para cobrar un no-show necesitas una política de espera y no-show que el cliente haya aceptado antes.
Qué hace WAT y qué te toca a ti
| Tema | Qué hace WAT hoy | Qué te toca a ti |
|---|---|---|
| Fichar | El conductor ficha inicio, pausa, reanudación y fin desde su app. La hora la pone el servidor, no el móvil. | Decidir y dejar por escrito que ese es tu sistema de registro, tras consultar a los representantes si los hay. |
| Correcciones | Ningún fichaje se edita ni se borra. Tu empresa corrige con un motivo obligatorio y queda el fichaje original tachado, la corrección, quién la hizo y cuándo. En su app, el conductor ve los fichajes del día con su corrección y el motivo. | Corregir solo con un motivo real y explicárselo al conductor. |
| Consulta y exportación | Tu empresa ve el registro por conductor, por día y por semana, y lo exporta a CSV, Excel o PDF. En la app, el conductor ve solo el día de hoy. | Facilitar el registro al conductor, a sus representantes o a la Inspección cuando lo pidan. |
| Conservación del registro | WAT no borra el registro de jornada: se conserva como mínimo los cuatro años que pide la ley. | Decidir con tu asesor qué pasa después de ese plazo. |
| Ubicación al fichar | Si el conductor ha dado permiso de ubicación a la app, se guarda la posición del instante de fichar, sin precisión ni recorrido. Sin permiso, el fichaje entra igual. Se ve en el detalle del día en el panel y no va en las exportaciones. Hoy no se puede desactivar por empresa. | Decir en tu texto informativo para qué la usas y no usarla para saber dónde está el conductor. |
| Ubicación durante el servicio | Solo desde «Voy de camino» hasta que termina el servicio y con la app abierta. La primera vez, el conductor lee un aviso y queda constancia. La ven tu empresa y el pasajero de ese servicio. El recorrido se borra a los 30 días. | Tu texto informativo: el aviso de la app no lo sustituye. |
| No-show | Foto obligatoria del punto de recogida, solo el día del servicio. Se guarda el original y una copia sellada con fecha, hora del servidor, coordenadas, precisión, número de reserva y nombre del conductor. Nadie puede editarla ni borrarla. El cliente y el pasajero ven el estado, no la foto. | Decidir con tu asesor cuánto debe guardarse y decírselo a tus conductores. Hoy WAT no la borra sola ni tiene un botón para borrarla. |
| Fotos y gastos del servicio | Hasta 20 por servicio, selladas igual. El conductor puede borrar las suyas mientras el servicio sea suyo. La imagen se borra a los 30 días; se quedan la hora, la ubicación, la descripción y el importe. | Pedir solo las fotos que necesitas. |
| Quién accede | En tu empresa, solo quien tenga permiso: «Registro de jornada · Ver y exportar» para los fichajes y «Reservas · Ver» para las fotos. El personal autorizado de WAT puede consultarlos para dar soporte. | Dar esos permisos solo a quien los necesite y contarlo en tu texto informativo. |
| Información y papeles | No redacta ni entrega tu texto informativo, no recoge la firma del conductor y no lleva tu registro de actividades de tratamiento. | Todo eso, con tu asesor. Abajo tienes un modelo para empezar. |
Checklist antes de empezar
- Escribe para qué usas cada cosa: el registro de jornada (obligación legal), las fotos del no-show y de los gastos (prueba del servicio) y la ubicación durante el servicio (organizar los servicios e informar al pasajero).
- Revisa tu convenio colectivo: puede regular el registro, el tiempo de presencia y los medios de control.
- Si tienes representantes de los trabajadores, consúltales el sistema de registro y cuenta con su informe sobre los medios de control antes de implantarlos.
- Decide con qué móvil se trabaja. Si es el personal del conductor, háblalo antes con tu asesor.
- Entrega a cada conductor el texto informativo antes de que use la app y guarda la prueba de la entrega (firma o acuse de recibo).
- Añade estos tratamientos a tu registro de actividades de tratamiento y revisa el contrato de encargo del tratamiento con el proveedor del programa (art. 28 del RGPD).
- Da los permisos de jornada y de reservas solo a quien los necesite.
- Apunta los plazos y dilos en el texto informativo: cuatro años el registro de jornada, 30 días las fotos del trayecto y el recorrido, y lo que decidas para la foto del no-show, que hoy WAT no borra sola.
- Revísalo una vez al año, o antes si cambia tu convenio o tu forma de trabajar.
Modelo de texto informativo para tus conductores
- Quién trata tus datos. [Razón social], con NIF [NIF] y domicilio en [dirección], es responsable de los datos que se describen aquí. Contacto: [correo para protección de datos].
- Registro de jornada. Registramos cada día la hora de inicio, las pausas y la hora de fin de tu jornada, como exige el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores. Fichas desde la app de conductores de WAT en [el móvil de empresa / tu móvil]. La hora la pone el sistema, no el móvil. Si te equivocas u olvidas fichar, avisa a [persona o cargo]: la corrección se hace con un motivo y queda constancia del fichaje original. Conservamos el registro cuatro años. Puedes consultarlo cuando quieras pidiéndoselo a [persona o cargo]; también pueden consultarlo tus representantes y la Inspección de Trabajo.
- Ubicación al fichar. Si has dado permiso de ubicación a la app, al fichar se guarda tu posición en ese instante, sin recorrido. Si no lo das, el fichaje se registra igual. Solo la usamos para [finalidad concreta, por ejemplo: aclarar una incidencia en un fichaje], nunca para saber dónde estás durante la jornada.
- Ubicación durante el servicio. Desde que marcas «Voy de camino» hasta que finalizas el servicio, y con la app abierta, se registra tu posición (latitud, longitud, hora, precisión y, si el móvil los da, velocidad y rumbo). La ven [la empresa] y el pasajero de ese servicio mientras dura. Sirve para [organizar los servicios y que el pasajero sepa dónde estás]. El recorrido se borra a los 30 días.
- Fotos del servicio. Si el pasajero no se presenta, harás una foto del punto de recogida con la app. Se guarda con la fecha, la hora, tu posición, el número de reserva y tu nombre. También puedes añadir fotos del servicio y de tickets de gastos. Sirven para acreditar el servicio ante el cliente y justificar los gastos. Fotografía el lugar o el ticket, no a personas. Las fotos del servicio y los tickets se borran a los 30 días. La del no-show se conserva con el servicio, como prueba [indica el plazo que fijes con tu asesor; hoy WAT no la borra automáticamente].
- Por qué podemos hacerlo. El registro de jornada, por obligación legal (artículo 6.1.c del RGPD y 34.9 del Estatuto). La ubicación y las fotos, por la ejecución de tu contrato de trabajo y las facultades de control de la empresa (artículos 6.1.b del RGPD, 20.3 del Estatuto y 90 de la LOPDGDD) [base jurídica a confirmar con el asesor].
- Quién más accede. We Are Transfers, proveedor del programa, que trata estos datos por nuestra cuenta [con el contrato de encargo del tratamiento que corresponda]. [Otros, si los hay.] No los cedemos a nadie más salvo obligación legal, por ejemplo a la Inspección de Trabajo.
- Tus derechos. Puedes pedir el acceso, la rectificación, la supresión, la limitación o la oposición escribiendo a [correo]. Si no estás conforme con la respuesta, puedes reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (aepd.es).
- Recibí. Nombre, DNI, fecha y firma del conductor.
Errores frecuentes
- Pedir al conductor que «consienta» la geolocalización en vez de informarle: en una relación laboral el consentimiento no es libre, y la base es la ley y el contrato.
- Usar el registro de jornada o las fotos para saber dónde está el conductor.
- Empezar a usar la app sin haber entregado el texto informativo.
- Fotografiar a personas en el punto de recogida cuando basta con el lugar.
- Guardar fotos y ubicaciones sin plazo.
- Dar acceso al registro de jornada a todo el equipo.
- Corregir fichajes sin motivo o sin decírselo al conductor.
Qué hace WAT aquí, y qué no
Lo que hace hoy
- El conductor ficha inicio, pausa, reanudación y fin desde su app con la hora del servidor; ningún fichaje se edita ni se borra, y cada corrección de tu empresa lleva motivo, autor y fecha.
- Tu empresa consulta el registro por conductor, día y semana, y lo exporta a CSV, Excel o PDF sin las coordenadas.
- El no-show exige una foto del punto de recogida, sellada con fecha, hora, coordenadas, precisión, número de reserva y conductor, que nadie puede borrar ni editar.
- Las fotos y los tickets del servicio (hasta 20) se borran a los 30 días, igual que el recorrido del seguimiento.
- Leer el registro de jornada exige un permiso propio, que no traen los accesos de Editor y Visualizador.
Lo que no hace
- No redacta ni entrega el texto informativo a tus conductores, ni recoge su firma.
- No permite hoy desactivar por empresa la posición al fichar: si el conductor ha dado permiso de ubicación a la app, se guarda.
- No borra sola la foto del no-show ni la posición guardada al fichar o al marcar los pasos del servicio.
- En la app, el conductor ve solo los fichajes del día; el histórico se lo facilitas tú desde el panel.
- No sustituye a tu asesor laboral ni a tu delegado de protección de datos.
Fichar la jornada desde la app · El registro de jornada en el panel · Marcar un no-show con foto · Fotos y gastos de un servicio · La app de tus conductores
Preguntas frecuentes
¿Necesito el consentimiento del conductor para ficharle o geolocalizarle?
No es la base adecuada. El registro de jornada es una obligación legal y la geolocalización se apoya en el contrato de trabajo y en la facultad de control de la empresa (art. 20.3 del Estatuto y art. 90 de la LOPDGDD). Lo que sí necesitas es informarle antes, de forma expresa, clara e inequívoca.
¿Puedo usar la ubicación del fichaje para saber dónde está el conductor?
No. Según la AEPD, si la finalidad es el registro horario, la ubicación solo sirve para las horas de inicio y de fin, no para verificar dónde está el trabajador en cada momento.
¿Cuánto tiempo guardo el registro de jornada y las fotos?
El registro de jornada, cuatro años (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores). Las fotos y las ubicaciones, el tiempo que necesites para su finalidad: fíjalo por escrito con tu asesor. En WAT, las fotos del trayecto y el recorrido se borran a los 30 días; la foto del no-show no caduca sola.
¿Puedo pedir al conductor que use su propio móvil?
Con cuidado. La guía de la AEPD dice que no se puede imponer al trabajador que ponga sus propios medios, como el teléfono, para geolocalizarle. Consúltalo con tu asesor; un móvil de empresa evita el problema.
¿Basta la foto del no-show para cobrar el servicio?
La foto prueba que el conductor estuvo en el punto de recogida a esa hora. Para cobrar, además, necesitas una política de espera y de no-show que tu cliente haya aceptado antes.
¿Con WAT ya cumplo la norma?
No por sí solo. WAT registra la jornada con la hora del servidor, guarda cada corrección con su motivo y limita quién ve cada dato. Informar a tus conductores, contar con sus representantes, fijar plazos y llevar tus registros de protección de datos te toca a ti, con tu asesor.
Fuentes
- Real Decreto Legislativo 2/2015, texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (arts. 20.3, 20 bis, 34.9 y 64.5) · BOE · consultado el
- Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, que introdujo el registro diario de jornada (art. 10) · BOE · consultado el
- Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (arts. 87 a 90) · BOE · consultado el
- Reglamento (UE) 2016/679, general de protección de datos (arts. 5, 6, 13, 28 y 30) · Diario Oficial de la Unión Europea · BOE · consultado el
- La protección de datos en las relaciones laborales (guía actualizada en diciembre de 2025) · Agencia Española de Protección de Datos · consultado el
- Guía sobre el registro de jornada · Ministerio de Trabajo y Economía Social · consultado el
- Real Decreto Legislativo 5/2000, texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (arts. 7.5 y 40.1) · BOE · consultado el
Cambios en esta guía
- : Publicación de la guía.
Esta guía resume la normativa con fines informativos y cita sus fuentes oficiales. No es asesoramiento jurídico ni fiscal: la norma cambia y cada caso tiene matices. Antes de decidir, confírmalo con tu gestor, tu asesor o el organismo competente.