En las Illes Balears el transporte terrestre no lo lleva una sola administración. La Ley 4/2014 reparte las competencias entre el Govern, los consejos insulares y los ayuntamientos, y el Decreto 6/2026 lo concreta para el taxi y el VTC: los servicios urbanos se prestan con licencias y autorizaciones municipales, y los interurbanos, con autorizaciones que otorgan los consejos insulares y que se realizan íntegramente en la isla donde está domiciliada la autorización.
Por eso lo primero es saber cuál es tu ventanilla. La sede electrónica del Govern tiene el trámite de la actividad de arrendamiento con conductor (nueva autorización, visado, rehabilitación, transmisión y sustitución de vehículos), con la Dirección General de Movilidad como órgano competente. El Consell Insular d'Eivissa, por ejemplo, tiene un departamento de Transportes que dice tener a su cargo la gestión de las autorizaciones de transporte en la isla de Ibiza. Confirma con el Govern o con tu consejo insular dónde se presenta cada gestión según la isla de tu autorización.
La ficha del trámite del Govern avisa de que actualmente no se conceden autorizaciones nuevas de alquiler de vehículos con conductor en la isla de Mallorca, y cita la disposición transitoria primera de la Ley 1/2024, de 16 de febrero. Las reglas de prestación del servicio, como la contratación previa, el estacionamiento o los vehículos, no las repetimos aquí: están explicadas con sus artículos en VTC en Baleares.